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Estadísticas 2017 de Defensa del Consumidor de Nación, Comisión de Reforma de la LDC e Inclusión de los consumidores en el Plan de DDHH

Estadísticas de la Dirección Nacional para el 2017

Hace pocos días la Dirección nacional de Defensa del Consumidor circuló su informe de gestión anual (disponible aquí de forma íntegra), incluyendo datos estadísticos muy completos y precisos sobre el funcionamiento de la Ventanilla Única Federal, el COPREC y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.

Se cuanta hoy en día con datos bastante precisos sobre el funcionamiento del sistema de reclamos a nivel federal, gracias al trabajo de la actual gestión que puso un énfasis tanto en el sistema de de denuncias por Internet, así como en la información estadística (un aspecto históricamente pendiente como vemos en este trabajo y en este otro). Dentro de la información difundida, se cuenta con datos específicos sobre qué empresas tienen el mayor porcentaje de acuerdo ante las denuncias de los consumidores, se sigue sin conocer datos básicos como cuáles empresas son las más denunciadas y por qué motivos. Esta falta de información, evita utilizar estas estadísticas para direccionar el trabajo de las asociaciones y de la comunidad en general, así como permitiendo a los consumidores una elección más fundada a la hora de relacionarse con ellas.

 

 

COMISIÓN REFORMADORA DE LA LEY 24.240 DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

En el mismo informe, se conoció la generación este año de una «COMISIÓN REFORMADORA DE LA LEY 24.240
DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR», dándose cuenta de lo siguiente:
«La entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación y la dinámica de los mercados hacen necesario
adecuar el régimen de protección de los consumidores. Por ese motivo, la Dirección Nacional convocó un grupo
de trabajo integrado por los más destacados expertos del país en la materia.
La Comisión Reformadora de la Ley 24240 está integrada María E. D´Archivio, Carlos Hernández, Belén Japaze,
Leonardo Lepíscopo, Federico Ossola, Sebastián Picasso, Gabriel Stiglitz, Carlos Tambussi, Roberto Vázquez Ferreyra y Javier Wajntraub.
Durante 2017 se realizaron tres reuniones de trabajo, se consensuó el documento de base y se aprobaron los textos
de los primeros artículos del anteproyecto de ley.»

A la fecha, esta información no había trascendido a las asociaciones que se dedican a la materia, ni se conoce el trabajo realizado, lineamientos en discusión ni orientación de esta reforma.

 

Inclusión de los derechos de los consumidores en el «Plan Nacional de acción en Derechos Humanos 2017-2020»

Otra noticia interesante que pasó desapercibida en el marco de lo que sucedió esta semana, es que el plan (disponible completo aquí) incluyó dos menciones específicas de los derechos de los consumidores.

En el Eje N°2 del plan, referido a «Seguridad Pública, No Violencia y Acceso a la Justicia», se estableció como objetivo «Fortalecer el Servicio de Conciliación Previa en relaciones de consumo para que el/la consumidor/a acceda, de manera gratuita, a una reparación por el daño causado», buscando alcanzar los 100.000 reclamos recepcionados por este canal. No se incluyó mención alguna en relación con la conformación del Auditor en las relaciones de consumo (organismo aun hoy en día pendiente de conformación dentro del estado nacional), o el traspaso del fuero de los consumidores a la Ciudad de Buenos Aires.

Por otro lado, y tal vez más relevante que la continuación de la política ya en curso efectivamente por la Dirección Nacional, en el Eje N° 4 de «Acceso Universal a Derechos» se propone «Impulsar la reforma integral de la Ley de Defensa del Consumidor incorporando las Directrices de Naciones Unidas en la materia y atendiendo a las
necesidades del siglo XXI», buscando la generación en este período de un proyecto de ley por parte del ejecutivo. Las directrices modificadas en el año 2015 (disponibles en castellano aquí), incluyen muchas novedades en materia de comercio electrónico y comercio internacional, siendo una buena base para proponer mejoras.

Sin embargo, dadas las recientes modificaciones (principalmente en materia del deber de información, disponibles aquí y aquí), genera al menos alguna duda la posible orientación de las propuestas de modificación que pudieran impulsarse.

 

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