Recomendaciones

La obsolescencia programada (o porqué las heladeras no duran lo mismo que antes)

1. ¿Qué es la Obsolescencia programada?

Es posible definirla como la práctica comercial mediante la cual un proveedor limita la vida útil de un producto de forma deliberada con la finalidad de forzar al consumidor a cambiarlo. La ley Francesa de «Transición Energética» (ahora también el código de defensa del consumidor en su artículo 441-2) la define como «el conjunto de técnicas diseñadas por un proveedor para reducir deliberadamente la vida útil de un producto para aumentar la tasa de reemplazo».

 

2. ¿Qué tipos de obsolescencia programada hay?

a) Obsolescencia incorporada: Se da cuando el proveedor incluye deliberadamente deficiencias en el producto para limitar su vida útil, obviamente sin informar al consumidor.

Focos de luz:  El caso más conocido -y más registrado y documentado- es el del «Cartel Phoebus». El caso fue simple, al inventarse los focos de luz, estos tenían una duración casi ilimitada (aun hoy en día hay focos de luz de los primeros fabricados en funcionamiento, casi 100 años después). Para generar mayores ganancias a largo plazo, los mayores fabricantes del mundo de lamparas de luz, se pusieron de acuerdo para limitar la vida útil en las 1.000 horas. Para lograr esto, establecieron sanciones a la parte incumplidora y mecanismos de control reciproco. El objetivo fue logrado con creces, y luego de pocos años los focos pasaron de una duración ilimitada a una de unos pocos años.

Medias de Nylon: Las medias originales fabricadas por Dupont eran virtualmente irrompibles, hasta que poco tiempo después fueran deliberadamente convertidas en un objeto frágil de poca duración.

Impresoras: Muchos cartuchos cuentan con chips que impiden el uso luego de x fecha, e incluso hay impresoras que incluyen un chip para impedir el uso del producto luego de x cantidad de copias

Baterías que no se pueden remover o no hay repuestos: Otro caso común que ha llegado a la justicia, es el de las baterías que no se pueden cambiar o remover y tienen una vida útil limitada de forma deliberada (demanda colectiva contra el Ipod de Apple). Pero otra situación común es la de piezas de los dispositivos electrónicos de una limitada vida útil, que no cuentan con repuesto alguno, obligando al cambio de todo el aparato.

Programas que no se pueden actualizar: Otra situación común es la de los dispositivos que, si bien funcionan correctamente, no pueden continuar funcionando como es deseado por no poder aplicar una actualización que el proveedor impone forzosamente.

 

b) Obsolescencia psicológica: Sucede cuando el producto, funcional conforme fue diseñado y todavía cumpliendo su función, es marcado por el proveedor como obsoleto y se enfoca en generarle al consumidor la necesidad de adquirir un nuevo producto adecuado

-El caso más claro es el de la ropa, que si bien puede estar en perfectas condiciones, es presentada como un objeto obsoleto dado que esta fuera de moda y ahora debe utilizarse otro producto distinto. Estas políticas son deliberadas y de lo más común, aplicándose tanto a la ropa como a otros objetos (como los electrónicos o los automotores). Un caso común es el de los autos (cambian las líneas estéticas cuando las características se mantienen muy similares), y en algunos dispositivos tecnológicos (forma, colores, etc.)

 

c) Obsolescencia tecnológica: Esta situación se genera cuando el progreso tecnológico hace que el producto anterior se presente como inferior en comparación con el nuevo, aun cuando el anterior cumpla con sus funciones originales. Su faceta más común es cuando se presenta una novedad como esencial y ausente en los productos anteriores.

-Algo similar sucede con los objetos tecnológicos, que se presentan como obsoletos por no tener determinada función que se presenta como «necesaria» (más pixeles, mayor procesador, etc.). Se intenta generar así una necesidad de renovación que es ficticia y que no se corresponde con el costo de la renovación de ninguna manera. Esto va de la mano obviamente, con la necesidad de mostrar el producto anterior como «viejo» o «anticuado» o «inútil».

Esto es común en los celulares (cámaras, definición de la pantalla, procesador, etc.), los televisores (definición, forma de la pantalla, smart, etc.)

 

3. ¿Cuáles son los beneficios de esta práctica?

El principal factor que se presenta como positivo, es el del incentivo a la actividad económica (planteos desde 1929 sobre esto) y al empleo. La lógica es que la poca vida útil de los productos lleva a mayores novedades, más trabajo en diseño, publicidad, fabricación, etc. Por otro lado, si los productos duran más, se venden menos unidades, se transporta menos bienes, se extraen menos recursos y esto genera menos ganancia.

La contracara de esto, es obviamente la necesidad de los consumidores de comprar productos cuando no sería esto necesario si duraran más. Sumado a esto, esta política, elimina la industria de la reparación y mantenimiento.

Un ejemplo claro es el de las heladeras, cuando estas duraban 50 años, un consumidor compraba apenas una en toda su vida, ahora el ritmo de recambio es aproximadamente de 10 años (en cuanto meramente a su funcionalidad).

 

4. ¿Cuáles son los problemas?

Hay dos problemas claros con esta política: implica el endeudamiento del consumidor, lleva a la contaminación y el agotamiento de los recursos.

El endeudamiento se genera por forzar al consumidor a satisfacer necesidades generadas deliberadamente, y dado el nivel de ingresos y la mecánica de comercialización actual, las compras implican una financiación en la mayoría de los casos. Si los consumidores no tuvieran que gastar en aquello que ya gastaron, el nivel de deuda sería mucho menor. Un claro ejemplo es el de la telefonía celular, donde virtualmente se pagan de forma continua cuotas por nuevos aparatos.

Pero sumado a esto, esta política lleva a un agotamiento de los recursos y una enorme contaminación, no solo por la extracción de los recursos, transporte, industria etc., sino directamente por la basura que se genera de forma innecesaria.

 

5. ¿Cómo se puede combatir esta práctica?

a) garantizar servicios de reparación de los productos

b) establecer un piso mínimo de plazo en el cuál deben proveerse piezas de repuesto para la reparación

c) fijas impuestos por la generación de residuos electrónicos

d) establecer mecanismos de reciclado y reutilización

f) informar previamente la durabilidad del producto para que el consumidor pueda elegir

 

Una ley modelo a este respecto es la dictada en Francia del 2014 (Loi N° 2014-344 del 17 de marzo de 2014).

La ley establece la necesidad de informar previamente el plazo de disponibilidad de piezas para las reparaciones de los productos y la consiguiente entrega durante dicho plazo a los talleres de reparación.

 

«Article L111-4

Le fabricant ou l’importateur de biens meubles informe le vendeur professionnel de la période pendant laquelle ou de la date jusqu’à laquelle les pièces détachées indispensables à l’utilisation des biens sont disponibles sur le marché. Cette information est délivrée obligatoirement au consommateur par le vendeur de manière lisible avant la conclusion du contrat et confirmée par écrit lors de l’achat du bien.

Dès lors qu’il a indiqué la période ou la date mentionnées au premier alinéa, le fabricant ou l’importateur fournit obligatoirement, dans un délai de deux mois, aux vendeurs professionnels ou aux réparateurs, agréés ou non, qui le demandent les pièces détachées indispensables à l’utilisation des biens vendus.

Les modalités d’application du présent article sont précisées par décret.»

 

 

Otra medida que toma la ley Francesa de Transición energética (artículo 99, e incorporada al Código Frances como art. L4546) es la de prisión y multa para el caso en que se detecte el ejercicio de la práctica de la obsolescencia programada (2 años de prisión o 300.000 euros, pudiendo elevarse la pena según el lucro obtenido hasta un 5% de la facturación del proveedor).

 

«Article L441-2

Est interdite la pratique de l’obsolescence programmée qui se définit par le recours à des techniques par lesquelles le responsable de la mise sur le marché d’un produit vise à en réduire délibérément la durée de vie pour en augmenter le taux de remplacement.»

 

«Article L454-6 En savoir plus sur cet article…

Le délit prévu à l’article L. 441-2 est punie d’une peine de deux ans d’emprisonnement et d’une amende de 300 000 euros.

Le montant de l’amende peut être porté, de manière proportionnée aux avantages tirés du délit, à 5 % du chiffre d’affaires moyen annuel, calculé sur les trois derniers chiffres d’affaires annuels connus à la date des faits.

Les personnes physiques encourent également à titre de peines complémentaires l’interdiction, suivant les modalités prévues par l’ article 131-27 du code pénal, soit d’exercer une fonction publique ou d’exercer l’activité professionnelle ou sociale dans l’exercice ou à l’occasion de l’exercice de laquelle l’infraction a été commise, soit d’exercer une profession commerciale ou industrielle, de diriger, d’administrer, de gérer ou de contrôler à un titre quelconque, directement ou indirectement, pour leur propre compte ou pour le compte d’autrui, une entreprise commerciale ou industrielle ou une société commerciale. Ces interdictions d’exercice peuvent être prononcées cumulativement.»

 

En la Argentina, el artículo 12 de la Ley de Defensa del Consumidor no establece ningún plazo para el suministro de repuestos fuera del período de garantía, dejándolo abierto a la reglamentación. Establece el decreto reglamentario de la Ley de Defensa del Consumidor en su artículo 12 que «(l)os proveedores de cosas muebles no consumibles deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos durante el tiempo que indiquen las reglamentaciones que dicte la Autoridad de Aplicación. Deberá asegurarse el suministro de partes y repuestos nuevos durante la vigencia de la garantía. La utilización de piezas usadas será permitida sólo en aquellos casos en que no existan en el mercado nacional piezas nuevas o cuando medie autorización expresa del consumidor«, sin embargo nunca se dictó ninguna resolución en este sentido, mucho menos ordenando la información previa sobre esta disponibilidad, ni se conocen otras políticas tendientes a evitar esta práctica.

 

Del bloque de Alejandro Perez Hazaña el día 31 de mayo del 2017 en el programa “Me levanté cruzado” de la FM Cielo 91.7, conducido por Martin Strilinsky

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